Al constituir un préstamo con garantía
hipotecaria, el Banco o la entidad financiera te cargaba todos los gastos de la
hipoteca a ti, por tanto tu salís un poco frustrado de tanto gasto que te
cobran. Pero a raíz de que el Tribunal
Supremo y a través de su sentencia dictada en fecha 23 de diciembre de 2015
declarara la nulidad de la cláusula recogida en la escritura de préstamo
hipotecario, referente a los gastos derivados de la escritura de constitución
de la hipoteca, por cuanto la misma imponía todos los gastos al prestatario.
Ahora esto
ha dado una alternativa a todas las personas que les cobraron dicho gasto o que
les están cobrando esta comisión, para que puedan pedir la restitución del
dinero, claro para esto debes de ir a buscar asesoría legal a un despacho que
ya cuente con el servicio de reclamación del gasto de la hipoteca, para
que te ayuden con el proceso administrativo y legal, algunos de los bufetes
solo cobran si logras recobrar tu dinero.
Además ya
se cuenta con Tribunales provinciales que se encargan de ver este tipo de casos
en específico, lo cual hace que el trámite sea menos engorroso, además están
especializados y resuelven más a favor.
Esta
además de ser una forma de aumentar los ingresos a los despachos de abogados,
también mejora la economía de los consumidores, más que todo de aquellos que de
alguna manera han sufrido un gran cobro en gastos de éste tipo.
Hay
que tener presente que para obtener más posibilidades de éxito en este tipo de
reclamaciones, es conveniente que el préstamo se haya solicitado para financiar
la adquisición o reforma de la vivienda habitual y no para financiar una
actividad profesional.
Para
poder iniciar las reclamaciones es necesario tan sólo copia de su escritura de préstamo
hipotecario y las copias de las facturas.
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